jueves. 25.04.2024

Pagan justos por pecadores

Normalmente me centro en la elaboración de artículos que pienso pueden ser de interés general, con el propósito de difundir un poco de cultura aseguradora, desde mi humilde posición y experiencia.

 

 Hoy me voy a saltar esa línea y voy a entrar en el terreno de la crítica abierta a las Aseguradoras en lo relativo al enorme descenso de las reclamaciones a las mismas con motivo de la nueva entrada en vigor de la ley orgánica 1/2015 de 30 de Marzo, la cual, entre otras cosas, daba traslado a las reclamaciones de tráfico por accidente, del ámbito penal al civil.

 

 Esto que supone después de 2 años en vigor de dicha ley: Un descenso de 45% de las reclamaciones a las aseguradoras por motivo de incidentes relacionados con la seguridad vial. Nada menos…!!!. Y se debe a que han bajado los accidentes, los siniestros?. NO.

 

 Se debe a que las aseguradoras se han salido con la suya, beneficiando así sus cuentas de resultados. ¿Por qué?, Porque la vía penal era gratuita y la vía civil conlleva un coste que hace que muchos de los afectados renuncien a ir a un juzgado", y aún hay más. En 2015 hubo además otro importante cambio legislativo. La Ley 35/2015, de 22 de septiembre modificó el baremo de las compensaciones que reciben las víctimas de tráfico. Un nuevo baremo que entró en vigor el 1 de enero de 2016, que aunque mejoraba las indemnizaciones de las víctimas mortales y de las más graves disminuyó el las de las leves, la gran mayoría. Así, un día de baja laboral pasó de pagarse de 58 a 52 euros diarios.

 

Otra mención especial requiere el artículo 7 de la Ley 35/2015, que regula la reclamación de oferta motivada. Trámite que obliga a todo afectado por un accidente de tráfico que quiera recibir una indemnización de su aseguradora a presentar a su compañía esa oferta motivada. Por lo tanto, es la víctima la que debe presentar los partes médicos, justificantes de las facturas del arreglo del vehículo, un informe pericial privado y una copia del atestado policial. Todo lo paga la víctima. Entonces la aseguradora tiene tres meses para responder. Y si la víctima no está de acuerdo, acude entonces al juzgado, donde se suman nuevos costes.

 

Estos costes (notario, procurador, perito de parte, abogado, el riesgo de condena en costas...) hace que cada vez más accidentados desistan de pleitear por la vía civil para poder recibir una compensación por parte de la aseguradora, cuando antes el juicio de faltas era gratuito.

 

Indignante y grave la nueva legislación en esta materia, donde se penaliza y desprotege a la víctima del siniestro.

Pagan justos por pecadores