La Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca publicó recientemente la convocatoria de ayudas para proyectos no productivos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia (Galpemur), en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, cuyo plazo de solicitud es de dos meses.
Los beneficiarios de las ayudas serán las corporaciones locales y las entidades sin fines de lucro (fundaciones, instituciones, entidades benéficas o deportivas y familias) que reúnan los requisitos. La convocatoria contempla proyectos no productivos para el año 2018 y está dotada con un importe total de 306.648 euros, de los cuales 153.325 serán para ayuntamientos y 153.323 para el resto de entidades. Próximamente la Consejería convocará las ayudas para inversiones con capital privado.
Las bases reguladoras para la concesión de ayudas establecen que los proyectos y actuaciones subvencionables deberán conseguir objetivos como el aumento del valor, creación de empleo, atracción de jóvenes y promoción de la innovación en todas las fases de la cadena de suministro de los productos de la pesca y la acuicultura; el apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial, así como al aprendizaje permanente.
También incluye el impulso y aprovechamiento del patrimonio medioambiental de las zonas pesqueras y acuícolas, el fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de dichas zonas y el refuerzo del papel de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y de la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales.
Los proyectos deberán contribuir a los objetivos de la estrategia de desarrollo local participativo aprobada para la Región de Murcia, ser viables técnica y económicamente y ajustarse a la normativa sectorial.
Las bases definen como inversión no productiva aquellas actividades que no supongan el inicio o el desarrollo de una actividad económica o no estén afectas a una de ellas. Tendrán este carácter los proyectos de interés público que, incluso constituyendo una actividad económica o estando afectados a alguna de ellas, no incidan sobre el régimen de competencia en el territorio de que se trate.
Se considera en todo caso inversión no productiva aquellas solicitudes cuyos porcentajes de financiación pública solicitados en la ayuda sean del cien por cien, sin que exista, por tanto, aportación de fondos privados para el proyecto.