martes. 16.04.2024

El próximo día 25 de mayo entra en vigor el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) y, por esta razón, Murciadiario se ve obligado a renovar las suscripciones de todos los receptores del boletín. De esta manera, todos aquellos lectores que quieran seguir recibiendo el Newsletter de Murciadiario, tendrá que renovar su suscripción introduciendo el e-mail en la caja de información que aparece sbre estas líneas. El equipo de Murciadiario se verá obligado a eliminar todas aquellas direcciones que no hayan realizado esta operación antes del próximo 25 de mayo.

 

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Esta nueva norma de carácter europeo y que es de aplicación a todos los países de la Unión, obliga a todas las empresas que manejan datos de sus clientes, suscriptores y lectores, como es el caso de Murciadiario, a modificar algunos de sus protocolos.

 

El nuevo RGPD introduce algunas diferencias con respecto a la hasta ahora vigente LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), que tenía carácter nacional. Las diferencias entre ambas normativas son las siguientes:

 

  • ÁMBITO DE APLICACIÓN. Si la LOPD protegía a los ciudadanos españoles, la RGPD ahora se aplica a todos los ciudadanos europeos.
  • DATOS. Con la RGPD surgen dos nuevas categorías de datos especiales: los datos biométricos y los genéticos.
  • DERECHOS. La LOPD recogía los derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición. Con la RGPD, además de los anteriores, amplía los derechos de los usuarios con el del ‘derecho al olvido’, ‘derecho a la limitación del tratamiento’ y el de la ‘portabilidad de datos’.
  • OBLIGACIONES. Las empresas además tendrán obligaciones más estrictas como realizar un análisis de riesgos previo, tener los datos protegidos desde el principio, así como tener más limitaciones a la hora de recopilar la información.
  • INFILTRACIONES DE SEGURIDAD. Anteriormente no era necesario notificar una brecha de seguridad, pero ahora se establece un máximo de 72 horas para comunicar cualquier hackeo o infiltración que se produzca.
  • DELEGACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS. Surge además una nueva figura, el Delegado de Protección de Datos que facilitará a los usuarios comunicar sus datos a la AEPD. Hasta ahora las propias autoridades de control eran las que garantizaban la normativa.
  • SANCIONES. Si en los últimos 18 años con la LOPD las sanciones que las entidades podían tener eran entre 900 y 600.000 euros, ahora se hacen mucho más estrictas. Con el RGPD las multan pueden llegar a ser de hasta 20 millones de euros o del 4% de la facturación anual de la empresa infractora.

 

 

EL DEBER DE LA INFORMACIÓN. Con la LOPD el Deber de la Información obligaba a comunicar la finalidad del tratamiento, los destinatarios de los ficheros, los derechos del interesado, la entidad responsable y si había obligación o no de la entrega de ficheros. Con la RGPD, además de todas las anteriores, se suman las siguientes obligaciones:

  • Datos de contacto del Delgado de Protección de Datos
  • Base Jurídica del tratamiento
  • Plazo de conservación de datos
  • Derecho a solicitar la portabilidad de datos
  • Intereses legítimos perseguidos
  • Intención de transferencia de datos a otro país u organización internacional
  • Derecho a presentar una reclamación
  • Derecho a retirar en cualquier momento el consentimiento prestado
  • Existencia de decisiones automatizadasAnte estas modificaciones,

 

Las novedades de la nueva norma europea de protección de datos y cómo afectan a los...