VIVIENDA

El plazo para solicitar el Bono Alquiler Joven abre este lunes

La tramitación se realiza exclusivamente por vía electrónica y para ello los solicitantes deberán disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. (CARM)

Las ayudas de esta segunda convocatoria pueden alcanzar un máximo de 250 euros al mes y podrán aplicarse a contratos formalizados desde el 1 de enero de 2024 o desde una fecha posterior si el contrato es más reciente.

Este lunes, 14 de abril, arranca el plazo para presentar las solicitudes para la segunda convocatoria del Bono Alquiler Joven, que concluirá el 30 de junio. La ayuda consiste en una aportación mensual de hasta 250 euros, ya sea para el alquiler de una vivienda completa o de una habitación, siempre que esta constituya el domicilio habitual de la persona solicitante.

La tramitación se realiza exclusivamente por vía electrónica, a través de la sede electrónica de la Comunidad. Para ello, los solicitantes deberán disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Una vez presentada la solicitud, la Administración procederá a verificar los datos aportados y notificará al interesado mediante correo electrónico o SMS cualquier novedad relativa a su expediente.

Los requisitos de estas subvenciones los establece el Gobierno central. Para poder acceder al Bono Alquiler Joven los beneficiarios han de tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o contar con residencia legal en España. También es necesario tener entre 18 y 35 años, ser titular o estar en disposición de suscribir un contrato de alquiler o cesión, y contar con una fuente regular de ingresos cuya renta anual no supere tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), equivalente actualmente a 21.600 euros anuales.

Además, el precio del alquiler no podrá superar los 600 euros mensuales en el caso de viviendas completas, ni los 300 euros en el caso de habitaciones. La ayuda podrá aplicarse a contratos formalizados desde el 1 de enero de 2024, o desde una fecha posterior si el contrato es más reciente, y se podrá percibir hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que se mantengan los requisitos establecidos y se justifique el pago del alquiler en los plazos correspondientes. Y es obligatorio que el solicitante esté empadronado en la vivienda objeto de la ayuda.

Para resolver dudas o recibir atención personalizada, los interesados pueden llamar al teléfono 012 o solicitar cita previa en la sede de la consejería de Fomento e Infraestructuras.

Cuando la ayuda esté concedida se realizará un primer pago referido a los meses con abono justificado, que pueden ir desde el 1 de enero de 2024, o fecha de inicio del contrato si es posterior, hasta tres meses después. El resto de los pagos se hará tras justificar y solicitar el abono del alquiler de los periodos posteriores correspondientes, tal como lo establece la normativa estatal que regula estas ayudas.

Balance de la primera convocatoria

Hasta la fecha la Comunidad ha concedido todas las ayudas de las solicitudes que cumplían los requisitos del Bono Joven de Alquiler, por un valor total de 9.321.184 euros y ya se han abonado todas las que se han justificado, que ascienden a 7.302.506 euros.

Tal y como establecen las bases, la concesión de la ayuda no implica por sí sola el pago automático de esta, sino que las subvenciones se abonan a posteriori, cuando el solicitante justifica el pago de al menos un trimestre del alquiler.