AYUDAS

6.000 euros por convertir en indefinido un contrato formativo de un trabajador

La consejería de Empleo destina 1,1 millones de euros a esta medida, que podrá beneficiar a unos 200 trabajadores

Las pequeñas y medianas empresas, incluidos autónomos, ya pueden solicitar la ayuda de hasta 6.000 euros que la Comunidad concede por convertir en indefinido un contrato formativo de uno de sus trabajadores. Si el nuevo contrato fijo es a tiempo parcial (al menos el 50% de la jornada laboral), la subvención es de 3.000 euros, pero alcanza los 6.000 euros si la nueva relación laboral es a tiempo completo.

 

Esta iniciativa de la consejería de Empleo, articulada a través del SEF, busca la estabilización del empleo de titulares tanto de contratos de formación y aprendizaje como de contratos en prácticas, ambos temporales. Son los jóvenes los que mayoritariamente firman este tipo de contratos con las empresas, y por tanto se trata del colectivo más beneficiado por este incentivo.

 

En total, la Consejería destina 1.088.000 euros a esta medida, lo que permitirá que alrededor de 200 trabajadores vean estabilizados sus contratos. La convocatoria ya ha sido publicada en el BORM, y el plazo de solicitud se encuentra abierto hasta el 30 de septiembre del presente año. Las solicitudes pueden presentarse a través de la sede electrónica de la Comunidad (sede.carm.es).

 

El consejero Miguel Motas, destacó que “con esta iniciativa queremos que cada vez más empresas se decidan a consolidar la situación laboral de estos trabajadores, que son mayoritariamente jóvenes menores de 30 años. Por tanto, se trata de una medida que apuesta claramente por la calidad en el empleo”.

 

Para obtener la subvención, las empresas de la Región de Murcia deben presentar las solicitudes de la ayuda dentro de los quince días a contar desde la fecha en la que se produzca la conversión del contrato.

 

Los contratos de formación y aprendizaje se establecen en base a acuerdos a los que llegan las empresas con aquellos trabajadores jóvenes que desean adquirir experiencia remunerada en un oficio o ejercer las funciones de un puesto para el que todavía carecen de formación adecuada. Una de las ventajas de este tipo de contrato es que posibilita que los jóvenes que carecen de formación específica para un determinado trabajo puedan acceder a su primer empleo.

 

El contrato en prácticas, por su parte, exige que el trabajador que se va a contratar ya cuente con una titulación oficial. En este caso, el objetivo no es únicamente el de adquirir experiencia en un trabajo específico, sino también que esa experiencia actúe sobre los estudios cursados. Mientras que el contrato de formación y aprendizaje está restringido a menores de 25 años, el contrato en prácticas no tiene limitaciones de edad, si bien la mayoría de sus beneficiarios son jóvenes que acaban de obtener su titulación.