EMPLEO

Ayudas de 6.000 € por convertir un contrato formativo en fijo

Las subvenciones se pueden aplicar tanto a contratos de formación y aprendizaje como a contratos en prácticas, y pueden ser solicitadas ante el SEF hasta el 30 de septiembre

La CARM destina un 1 M€ a esta medida, que pretende animar a las empresas a consolidar la situación laboral de trabajadores jóvenes

Las pequeñas y medianas empresas de la Región de Murcia ya pueden solicitar ante el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) la ayuda de 6.000 € en el caso de que conviertan el contrato formativo de uno de sus trabajadores en un contrato indefinido a tiempo completo. Esta medida de la Comunidad se puede aplicar tanto a contratos de formación y aprendizaje como a contratos en prácticas, ambos temporales, de los que se benefician mayoritariamente jóvenes.

 

La convocatoria, que ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), también recoge una ayuda de 3.000 € cuando el nuevo vínculo sea un contrato indefinido a tiempo parcial. Las empresas pueden acogerse a estas subvenciones hasta el 30 de septiembre de este año, y disponen de un plazo de presentación de solicitudes de 15 días a contar desde la fecha en la que se produzca la conversión.

 

La Comunidad destina 1.040.000 € a esta medida, que pretende animar a las empresas a consolidar la situación laboral de estos trabajadores, generalmente jóvenes. Además, estas ayudas son compatibles con bonificaciones de la Seguridad Social, que varían en función de si el contrato objeto de conversión es de formación y aprendizaje o en prácticas.

 

Está previsto que unos 200 trabajadores de la Región vean estabilizadas sus relaciones contractuales con sus empresas gracias a esta iniciativa, ya sea mediante la conversión en contrato fijo a tiempo completo o bien a tiempo parcial (con una jornada mínima del 50% de la jornada laboral).

 

La secretaria general de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, Pilar Valero, destacó que “lo que se busca con esta medida es que las empresas despejen las posibles dudas que puedan tener a la hora de hacer estable a un trabajador que tiene un contrato temporal. Por tanto, hablamos de una acción claramente relacionada con la calidad del empleo y la disminución de la temporalidad”.

 

CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTRATOS. Los contratos de formación y aprendizaje se establecen en base a acuerdos a los que llegan las empresas con aquellos trabajadores jóvenes que desean adquirir experiencia remunerada en un oficio o ejercer las funciones de un puesto para el que todavía carecen de formación adecuada. Una de sus ventajas es que posibilita que los jóvenes sin cualificación específica para un determinado trabajo puedan acceder a su primer empleo, recibiendo al mismo tiempo formación teórica y práctica.

 

El contrato en prácticas, por su parte, exige que el trabajador que se va a contratar ya cuente con una titulación oficial. En este caso, el objetivo no es únicamente el de adquirir experiencia en un trabajo específico, sino también que esa experiencia actúe sobre los estudios cursados.

 

Mientras que el contrato de formación y aprendizaje está restringido a menores de 25 años, el contrato en prácticas no tiene limitaciones de edad, si bien la mayoría de sus beneficiarios son jóvenes que acaban de obtener su titulación.