Las familias pueden solicitar la ayuda a la conciliación del SEF hasta el 30 de septiembre
Las familias de la Región tienen hasta el 30 de septiembre para solicitar el ‘Cheque Concilia Reactiva’, la ayuda a la conciliación laboral y familiar lanzada el pasado mes de julio por la Consejería de Empleo, a través del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF). Dotada de 1,5 millones de euros, esta iniciativa beneficiará a unas 3.000 familias.
Esta nueva línea de ayudas, destinada a las familias que tengan a su cargo hijos menores de 12 años o personas con discapacidad que no desempeñen una actividad retribuida, consiste en una subvención única de 500 euros para favorecer la contratación de personas empleadas del hogar.
De esta manera, esta ayuda a la conciliación posibilita, por una parte, que los padres puedan seguir acudiendo a sus centros de trabajo y, por otra, que los menores o personas con discapacidad estén atendidos en el domicilio familiar, favoreciendo además la contratación laboral de demandantes de empleo como medida dinamizadora del mercado laboral.
La directora general del SEF, Marisa López Aragón, señaló que “esta ayuda va a suponer un alivio para muchos padres que, a consecuencia de la situación sanitaria que atravesamos, encuentran mayores dificultades para conciliar, especialmente ahora que, con el inicio de curso escolar, tienen que organizarse para cubrir el día en el que sus hijos se quedan en casa siguiendo el régimen semipresencial establecido por la Consejería de Educación para reducir el número de alumnos por clase”.
CÓMO SOLICITAR LA AYUDA. Los interesados en esta ayuda a la conciliación de 500 euros, deben formalizar su solicitud en el modelo único de instancia que se encuentra disponible en www.sefcarm.es, en el apartado de ‘Ayudas y subvenciones’ o a través de sede electrónica de la Comunidad.
Los requisitos para poder acceder a la misma pasan por ser residente, junto a sus familiares dependientes, en la Región de Murcia, que ejerzan una actividad retribuida y que, cumpliendo unos máximos de renta, contraten como empleada de hogar a una persona demandante de empleo. Esa contratación deberá tener una duración mínima de 30 días naturales a jornada completa o su equivalente en supuestos de jornada a tiempo parcial.
Asimismo, la persona empleada del hogar contratada deberá estar en paro e inscrita como demandante de empleo en una oficina de empleo del SEF con anterioridad al hecho subvencionable.