SANCIÓN

Competencia multa a Mecánicas Bolea por formar parte de un cártel industrial

Se trata de empresas muy especializadas que se repartían clientes y/o licitaciones, y fijaban precios mínimos para encarecer sus servicios a empresas del sector energético y petroquímico.

Las sanciones a las 19 empresas se elevan a 54,26 millones de euros y, en el caso de 8 directivos implicados, a 280.500 euros.

La CNMC ha desmantelado y sancionado el cártel organizado por 19 empresas de montaje y mantenimiento industrial, entre las que destaca la cartagenera Mecánicas Bolea, que fue creado para encarecer los servicios prestados fundamentalmente a empresas del sector energético y petroquímico. Las sanciones al conjunto de las empresas se elevan a 54,26 millones de euros y, en el caso de los directivos implicados, a un total de 280.500 euros. En el caso de Mecánicas Bolea, la multa asciende a 650.000 €.

 

Además, la CNMC ha puesto en conocimiento de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, dependiente del Ministerio de Hacienda, el expediente sancionador para que las empresas participantes en el cártel queden sujetas a una prohibición de contratar con el sector público, excepto en el caso de las empresas que solicitaron acogerse al Programa de Clemencia de la CNMC. Asimismo, la Comisión vigilará a las compañías para que no vuelvan a repetir esta conducta ilícita. (S/DC/0612/17).

 

El montaje y mantenimiento industrial requiere estándares complejos y específicos de seguridad, calidad industrial y medioambientales. Por ello, las grandes empresas del sector energético y petroquímico adjudican dichos servicios a empresas especializadas para el mantenimiento de instalaciones como depósitos, tanques en centrales de generación, aeropuertos, etc. La contratación se realiza a través de licitaciones privadas.

 

Las empresas sancionadas crearon un entramado para repartirse clientes y licitaciones, intercambiar información sensible con sus competidores, realizar ofertas de cobertura, fijar compensaciones y precios. Tales actuaciones se consideran constitutivas de un cártel; se trata de una conducta prohibida, de acuerdo con los artículos 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE.

 

REPARTO DE LICITACIONES DURANTE 17 AÑOS. Desde el 18 de enero de 2001 hasta la realización de las inspecciones en julio de 2017, el cártel se repartió al menos 746 licitaciones. Estos concursos privados los realizaron cerca de una veintena de clientes, entre los que se encuentran fundamentalmente a empresas del sector energético y petroquímico.

 

Se han acreditado al menos 18 reuniones a las que acudían las empresas de ámbito nacional o que operaban en varias zonas para coordinar el cártel. Diferenciaban los proyectos en los que les interesaba realizar ofertas de los que, por su dimensión, se dejaban “para empresas locales”, coordinados por una empresa de ámbito nacional. La empresa coordinadora era la encargada de organizar la presentación de las ofertas con las empresas locales, cuya actuación era complementaria, pero necesaria, para hacer efectivos los acuerdos anticompetitivos.

 

'MODUS OPERANDI'. El “modus operandi” de la trama fue evolucionando debido a su larga duración. En una primera etapa, la empresa designada para ser la adjudicataria de la obra daba sus precios para que fueran elevados por las demás mediante ofertas de cobertura hasta un cierto porcentaje.

 

En una etapa posterior, las empresas se intercambiaban versiones de archivos “Excel”, que iban rellenando cada una con los precios y las ofertas de cobertura. Posteriormente, establecieron códigos propios, como números o siglas para las empresas participantes, indicando con un “sí” o con un “no”, si las empresas participaban en una licitación concreta.

 

Los mecanismos de contacto entre los partícipes de la trama también fueron evolucionando a lo largo de 17 años para dificultar su detección, desde faxes, contactos telefónicos, hasta WhatsApp o correos electrónicos.

 

La detección del cártel ha sido posible gracias a la denuncia realizada por la empresa Navec, que al poner en conocimiento de la CNMC la existencia del cártel, a través del  Programa de Clemencia, se ha beneficiado de la exención en el pago de la multa impuesta. Sin embargo, uno de sus directivos, también sancionado, no se ha beneficiado de las reducciones previstas al no colaborar con la CNMC.

 

Por otra parte, tras las inspecciones realizadas por la CNMC, otra de las empresas participantes en el cártel, Enwesa, presentó una solicitud de reducción del importe de la multa y aportó elementos de prueba adicionales, por lo que se le ha reducido la multa impuesta en un 50%.

 

Por último, la CNMC ha remitido esta resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, dependiente del Ministerio de Hacienda ya que algunas empresas pueden verse afectadas por una prohibición de contratar con el sector público.

 

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, y se puede interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.