Rechazan un recurso de Intersa contra el ayuntamiento de Murcia por quedarse con la fianza de un centro de pádel
El ayuntamiento contactó la necesidad de sustituir el césped artificial de determinadas pistas y requirió a la empresa para ello
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso que la empresa Intersa presentó contra la sentencia que respaldó la decisión del consistorio murciano de incautarse de 45.800 € de la fianza depositada para realizar obras de reparación en el centro de pádel de la pedanía de Espinardo.
La sentencia señala que el juzgado de lo contencioso número Dos de Murcia rechazó la demanda que aquella empresa planteó contra la decisión municipal, adoptada en diciembre de 2017, de ejecutar las obras a costa de la garantía definitiva que tenía depositada.
En su recurso ante el TSJRM, la demandante alegó que el juzgado había incurrido en error a la hora de valorar las pruebas aportadas al proceso, ya que las pistas de pádel no se integraban en la gestión de la concesión administrativa, al ser una mejora entregada previamente al ayuntamiento.
Además, expuso que la responsabilidad del aval no podía extenderse al mantenimiento de las pistas de pádel.
Frente a esas argumentaciones, la Sala de lo Contencioso dice que las pistas sí formaban parte del contrato, ya que eran mejoras que se integraban en la oferta, para añadir que sí existía la obligación de hacer las mejoras precisas y entregarlas al consistorio en buen estado, lo que estaba garantizado por el aval.
Afirma la sentencia que el ayuntamiento contactó la necesidad de sustituir el césped artificial de determinadas pistas y requirió a la empresa para ello, con apercibimiento de ejecutar los trabajos de forma subsidiaria, dándole un plazo de alegaciones, sin que se planteara ninguna.
Finalmente, dice el TSJRM que mediante acuerdo de julio de 2013 se aceptó la gestión conjunta de las pistas de pádel con la del complejo deportivo sujeto a la concesión, lo que fue aceptado por el concesionario en su oferta.