IMPUESTOS

Hacienda estudia la supresión de impuestos a los agricultores regionales

Hacienda aborda con COAG-IR la supresión del impuesto de donaciones y sucesiones para los agricultores profesionales (Archivo).
La Agencia Tributaria de la Región de Murcia pondrá en marcha medidas de simplificación en la tramitación de expedientes de transmisiones de explotaciones agrícolas prioritarias.

El consejero de Hacienda, Luis Alberto Marín, mantuvo este viernes un encuentro de trabajo con representantes de la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos-Iniciativa Rural de Murcia (COAG-IR Región de Murcia) en la que se abordaron asuntos de fiscalidad para los profesionales del campo, así como de simplificación administrativa. 

En concreto, trataron la eliminación de todas las tasas a agricultores, ganaderos, transportistas y pescadores ya puesta en marcha con el Plan Ucrania, centrándose especialmente en la práctica supresión del impuesto de donaciones y sucesiones en el sector agrario regional. Además, se abordaron medidas de simplificación administrativa que va a realizar la Agencia Tributaria de la Región de Murcia para las transmisiones de explotaciones agrícolas prioritarias. 

“Apoyamos a los profesionales del campo con medidas de moderación fiscal y simplificación administrativa para facilitar la sostenibilidad de su actividad productiva y generadora de empleo”, indicó el consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital. 

Cabe recordar que con el objetivo de facilitar la compra-venta de terrenos y para mejorar las estructuras agrarias y hacerlas más competitivas, rentables y viables, el Gobierno regional aprobó la bonificación al 99% para todas aquellas herencias o donaciones en las que el beneficiario sea un agricultor profesional. Esta medida puede beneficiar anualmente a 250 agricultores con un ahorro de 500.000 euros para este colectivo.  

Asimismo, el Plan Ucrania recoge la bonificación del 99% del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, siempre que el adquirente o arrendatario sea agricultor profesional y mantenga dicha actividad al menos durante los cinco años siguientes.