AYUDAS

La CARM ayudará con 286 euros a los autónomos y mutualistas cuyos ingresos hayan caído más de un 40%

Podrá solicitarse durante el mes de julio por los autónomos que no opten a ninguna de las ayudas ofrecidas por Gobierno central

Los autónomos y profesionales acogidos a mutualidades alternativas a la Seguridad Social que hayan tenido una caída de la facturación superior al 40% respecto al semestre natural anterior al decreto del estado de alarma podrán solicitar una ayuda de 286,15 euros de la Comunidad.

 

El Gobierno regional ha señalado que esta iniciativa se convocará este martes, 30 de junio, a través del Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), y podrá solicitarse durante el mes de julio por parte de los autónomos que no pueden optar a ninguna de las ayudas ofrecidas por el Gobierno central.

 

Estas ayudas, enmarcadas en la "Línea Reactiva Autónomos" e incluidas en el Plan Reactiva 2020, consisten en una prestación económica única para los autónomos y mutualistas que acrediten en junio una disminución de su facturación superior al 40% en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.

 

Esta acreditación puede aportarse en un plazo de hasta tres meses desde la notificación de concesión de la ayuda, según ha concretado el consejero de Empleo, Miguel Motas, en la presentación de esta iniciativa.

 

La consejería dirigida por Motas tramitará estas ayudas a través de la dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo, y estimará por orden de entrada todas las solicitudes que cumplan con los requisitos, hasta agotar el presupuesto de 4 millones de euros. Esta cantidad económica permitiría la concesión de ayudas a casi 14.000 beneficiarios.

 

Durante el mes de plazo para pedir la ayuda, los interesados deberán formalizar su solicitud exclusivamente por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Comunidad (sede.carm.es), concretamente en el procedimiento número 3385.

 

Hasta la habilitación del formulario el 1 de julio, pueden obtener toda la información sobre esta ayuda en el ‘microsite’ de la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo.

 

Motas ha recordado que los beneficiarios no deberán dedicar la ayuda a un capítulo predeterminado, sino que podrán destinarla a "cualquier gasto que deban afrontar”, añadiendo que también se incorporan a esta edición los mutualistas, "dando así cabida a numerosos abogados, procuradores, médicos, ingenieros, químicos, arquitectos o gestores administrativos que necesitaban este apoyo”.

 

Otros requisitos son que los beneficiarios estén afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar o acogidos a mutualidades alternativas a la Seguridad Social en el momento de presentación de la solicitud y que lo estuvieran también cuando se declaró el estado de alarma.

 

Esta ayuda es incompatible con la prestación extraordinaria del Gobierno central por cese de actividad de autónomos o con caída de ingresos de más del 75%.

 

Asimismo, sólo se podrá presentar una solicitud por persona, y se requerirá que los beneficiarios mantengan el alta como autónomos o mutualistas durante un periodo mínimo de tres meses a contar desde la solicitud de la subvención.