El Gobierno, a través del Ministerio de Agricultura, destina 6,7 millones de euros a 5.413 productores de frutales y frutos de cáscara de la Región de Murcia en concepto de ayuda extraordinaria para compensar la situación derivada de la sequía y del conflicto bélico en Ucrania.
El listado provisional de beneficiarios, publicado por el Ministerio de Agricultura, incluye 71.044 titulares de explotaciones agrícolas productores de frutales y frutos de cáscara en España, que recibirán una ayuda extraordinaria de más de 81 millones de euros.
Esta ayuda se estableció mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas. El presupuesto total, 81 millones de euros, está financiado con cargo a la reserva de crisis agrícola de la Unión Europea, conforme a la asignación establecida para España por el Reglamento (UE) 2023/1465 de la Comisión, de 14 de julio de 2023.
Esta ayuda extraordinaria se concede de oficio a las superficies de frutales, y comprende los cultivos de frutales de pepita, de hueso, tropicales y/o cítricos, y/o de frutos de cáscara que hayan percibido ayudas directas en la campaña de la Política Agraria Común (PAC) 2023 y que se encuentren ubicadas en las zonas de afectación de la sequía establecidas en el Anexo II de la Orden APA/871/2023, de 20 de julio. Dichas zonas son:
- Zona de afectación alta: Provincias de Álava, Almería, Barcelona, Enclave de Treviño en Burgos, Girona, Granada, Huesca, La Rioja, Lleida, Málaga, Navarra, Tarragona, Teruel y Zaragoza.
- Zona de afectación media: Provincias de Albacete, Alicante, Badajoz, Cádiz, Cáceres, Ciudad Real, Castellón, Córdoba, Cuenca, Guadalajara, Huelva, Jaén, Murcia, Sevilla, Toledo y Valencia.
Las ayudas se conceden en los casos en los que el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros, y hasta un máximo de 70 hectáreas por beneficiario, en las que se prioriza la superficie de frutales.
Los importes unitarios establecidos por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) en base al listado provisional de beneficios y superficies publicado en esta resolución, alcanzan los valores siguientes:
La relación de titulares de explotaciones agrícolas que pueden optar a las ayudas, junto con el número de hectáreas de frutales y de frutos de cáscara computadas, así como la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de las sede electrónica del FEGA.
Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles (del 3 al 17 de noviembre inclusive) para realizar alegaciones, que deberán presentarse exclusivamente a través del formulario de alegaciones de la sede electrónica del FEGA. Está previsto que los beneficiarios que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no presenten alegaciones puedan percibir estas ayudas en la segunda quincena del mes de diciembre.
Las ayudas agrícolas establecidas en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo y desarrolladas en la Orden APA/871/2023 de 20 de julio, en relación a los sectores de tierras de cultivo de secano, arroz y tomate de industria no son objeto de esta resolución provisional, ya que al tratarse de ayudas que tienen diferente fuente de financiación, en este caso, ayudas de Estado, deben ser tramitadas de forma independiente. Para estos sectores está previsto publicar el listado provisional de beneficiarios en el mes de diciembre.