AYUDAS

Las ayudas al alquiler de vivienda en Murcia se podrán pedir hasta el 30 de abril

Esta ampliación va a permitir a los interesados tener más tiempo para presentar la documentación tras los días de fiesta

Estas ayudas, que se concederán por un periodo de 12 meses, podrán alcanzar hasta un máximo de 2.926 €

Las familias con escasos recursos económicos y en situación de especial vulnerabilidad que residan en Murcia desde hace un año podrán presentar las ayudas al alquiler hasta el próximo 30 de abril inclusive, tras la ampliación de plazo decretada por la concejalía de Vivienda que dirige la edil Paqui Pérez.

 

"Hemos ampliado el plazo porque hay muchos días de fiesta por delante y las oficinas habilitadas para presentar las solicitudes van a estar cerradas", ha señalado la titular de Vivienda, quien entiende que se trata de unas ayudas muy necesarias que precisan muchas familias del municipio.

 

Esta ampliación va a permitir a las personas interesadas disponer de más tiempo para presentar la documentación requerida, utilizando los modelos normalizados disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia, en los registros municipales de Abenarabi, Plaza de Europa y Glorieta de España.

 

También se podrán presentar en cualquier oficina de información municipal situada en pedanías, así como en los los registros del Estado y de la Comunidad Autónoma, o en cualquier registro electrónico de una administración pública.

 

REQUISITOS PARA LAS AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA

Para acceder a estas ayudas, que se concederán por un periodo de 12 meses, podrán alcanzar hasta un máximo de 2.926 euros, los solicitantes tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:

  • La persona beneficiaria o titular del contrato tiene que estar empadronada en el municipio de Murcia durante un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Las personas víctimas de la violencia de género están exoneradas de este requisito.
  • Debe acreditar unos ingresos anuales ponderados comprendidos entre el 0,5 y 2,5 veces el IPREM referidos a toda la unidad familiar.
  • Acreditar que la renta del alquiler en cómputo anual supera el 25% de los ingresos ponderados de la unidad familiar.
  • No tener deudas con las administraciones públicas.
  • La vivienda debe estar ubicada en el término municipal de Murcia.
  • La cuantía máxima del alquiler mensual de la vivienda será igual o inferior a 550 euros.

 

Las subvenciones, que tendrán un carácter finalista, se podrán compatibilizar con aquellas ayudas económicas municipales para la atención de necesidades sociales y el complemento de alquiler de las pensiones no contributivas.

 

Por segundo año consecutivo, la Concejalía de Vivienda adjudicará estas ayudas mediante concesión directa para que el pago se realice de forma ágil y que los inquilinos puedan disponer de este dinero lo antes posible.