Comenzar una actividad empresarial en España siendo extranjero

España está posicionada como un destino preferente entre los extranjeros para vivir, lo que se ha reforzado gracias a la pandemia y al teletrabajo. InterNations, una comunidad online de trabajadores internacionales, señalaba esta tendencia en su encuesta Expat Insider 2020, que ofrece una clasificación de las mejores ciudades del mundo en las que compaginar trabajo y vida para extranjeros.

 

Valencia, Alicante, Málaga y Madrid están situadas en el top 10 del ranking y no es para menos: nuestro país ofrece seguridad financiera, una mayor asequibilidad de la vivienda y sanidad, facilidad para establecerse, equilibrio entre la vida laboral y personal y buena calidad de vida urbana.

 

En los últimos años, son muchos los extranjeros que se mudan a España para vivir y trabajar, pero también para continuar o iniciar por primera vez sus aventuras empresariales.

 

Además, España se ha convertido en uno de los principales centros de negocios a nivel europeo, con Madrid, Barcelona o Valencia como mayores núcleos empresariales tienen las mejores infraestructuras y absorben el mejor talento de todo el país. Por otro lado, el territorio español es extenso, con gran población cuya mayoría se encuentra en zonas urbanas, permitiendo diversos modelos de negocio.

 

Otro de los factores que más se aprecia entre los extranjeros, es la cultura y el buen ambiente relajado que forma parte de nuestra manera de relacionarnos, lo que influye muy positivamente a la hora de hacer negocios.

 

Todo ello ha posicionado a España como uno de los líderes en inversión extranjera, tanto para adquirir propiedades como para invertir en la creación de nuevas empresas. Esto último puede presentar dificultades, como puede ser normal para cualquier persona que pretende iniciar su propia actividad en otro país.

 

Ante ello, lo primero que tenemos que saber es quién puede abrir un negocio en España.

 

Bien, cualquier persona puede hacerlo, pero tener estatus legal es indispensable. Por tanto, no importa si eres extranjero o nacional español, cualquier persona puede iniciar su negocio en el país. El único requisito es ser residente legal. Es aquí donde se encuentra la dificultad, ya que los pasos para la constitución de un negocio son siempre los mismos, independientemente de si eres extranjero o no. La única diferencia se encuentra en el paso previo que cualquier no español deberá realizar y esto es la necesidad de convertirse en residente legal en el país. Una vez conseguida la residencia, el paso a paso es exactamente el mismo. Sin embargo, según el país de origen, el proceso puede ser más o menos complicado:

 

Si estamos ante un ciudadano comunitario, el procedimiento es sencillo: únicamente se requiere el NIE y el certificado de registro de la UE e inmediatamente se podría comenzar a constituir la empresa. Sin embargo, si estamos ante una persona no ciudadana de la UE, primero se debe conseguir un visado de trabajo para empezar un negocio en España.

 

En este caso, hay dos tipos de residencias de trabajo diferentes que el interesado puede conseguir para comenzar su actividad empresarial: el visado de emprendedor y el permiso de trabajo por cuenta propia y se debe elegir uno u otro según la tipología de negocio que el interesado quiera llevar a cabo. 

 

Visado de emprendedor

Si la idea de negocio a desarrollar es innovadora e incorpora un alto nivel tecnológico en sus operaciones, entonces se debe solicitar el visado para emprendedores. Aunque los requisitos son mucho más estrictos y no cualquier idea de negocio será válida para obtener la residencia, ofrece muchas ventajas. Además, el proceso de solicitud es mucho más rápido y se puede obtener el visado tras 20-30 días.

 

Para este tipo de visado, hay una serie de requisitos un tanto complejos antes de empezar. Se tiene que presentar un plan de negocios realmente detallado, demostrar que se tiene suficientes habilidades y conocimientos, así como suficientes métodos de financiación para asegurar que la empresa tiene recursos monetarios. Bajo este supuesto tienen cabida tanto los inversores que presenten un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, como los que tengan previsto entrar y permanecer en España por un periodo de 1 año con el fin único o principal de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora.

 

En el primer caso el interesado deberá presentar un informe favorable de la Oficina Comercial del ámbito de demarcación geográfica donde el inversor presente la solicitud del visado, para constatar que en el proyecto empresarial presentado concurren razones de interés general.

 

Debe de tenerse en cuenta que es admisible una inversión significativa de capital cuando la inversión la lleva a cabo una persona jurídica (sociedad), domiciliada en un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal conforme a la normativa española, y el extranjero posea directa o indirectamente, la mayoría de los derechos de voto y tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.

 

Permiso de trabajo por cuenta propia

Para el caso de que el interesado desee abrir cualquier tipo de negocio clásico. En estos casos, como el proyecto no es lo suficientemente innovador (es algo que ya existe), el permiso de residencia al que el interesado aspira para desarrollar su negocio el negocio es el permiso de trabajo por cuenta propia (un permiso de trabajo regular).

 

En general, el visado de trabajo por cuenta propia se otorga a quienes quieren crear una empresa en España y pueden acreditar que cuentan con 90 000 € aproximadamente, aunque para este tipo de actividad no existe una cantidad mínima estipulada. Se tendrán en cuenta los costes del establecimiento, ya sea un arrendamiento de local o compra del mismo, la constitución y desarrollo de la actividad proyectada y los costes de manutención, entre otros elementos.

 

Para solicitar su autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, deberá determinar el tipo de actividad que pretende desarrollar, demostrar que cuenta con una cualificación profesional que pueda respaldar el proyecto y elaborar un estudio de negocio para determinar si este es viable.

 

Si el interesado lleva en España al menos un año en situación de residencia, puede modificar su situación y obtener la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia. Por otro lado, si puede acreditar que necesita trabajar para garantizar su supervivencia debido a las circunstancias en las que se encuentre, podrá solicitar excepcionalmente esta modificación antes de que haya transcurrido el plazo de un año en situación de residencia.

 

Se otorga durante un año, renovable. Después de 5 años de renovaciones consecutivas, se puede solicitar la residencia a largo plazo o permanente.

 

Tipos de empresa en España

Antes de iniciar el proceso de constitución de una empresa, hay que decidir cuál será el tipo de negocio a nivel de estructura legal. En España existen diferentes modelos legales de empresa recogidas en el Código de Comercio:

 

EMPRESA INDIVIDUAL. Probablemente la mejor opción para las pequeñas empresas, ya que el proceso legal para su creación es realmente sencillo. Una de sus principales ventajas es que no requiere ningún tipo de inversión inicial. Sin embargo, el hecho de ser una empresa individual tiene una importante desventaja: no hay distinción entre el patrimonio de la empresa y el personal. Por lo tanto, el interesado será plenamente responsable de cualquier posible deuda que la empresa contraiga. Tu responsabilidad es ilimitada bajo una empresa individual. En este caso, la responsabilidad es ilimitada. Este modelo societario está pensado para pintores, diseñadores web, etc., es decir, para todos aquellos particulares cuya actividad no requiere de una empresa para su realización, como ocurre con el trabajo de los autónomos. Por otro lado, empresa individual no es lo mismo que autónomo, ya que éste último no administra la empresa, pero sí en el primer caso.

 

En cuanto a los impuestos, principalmente como empresario individual existe la obligación de pago del impuesto sobre la renta (IRPF), por lo que el interesado deberá declarar el impuesto de manera anual.

 

Dado que en este caso las actividades estarán reguladas por el régimen del impuesto sobre la renta, a mayores ingresos mayor carga de impuestos, por lo que si los ingresos del interesado rondan los 50.000 – 60.000 € anuales puede que esta fórmula no sea interesante.

 

Por lo tanto, en caso de que el interesado espere ingresos por encima de esa cifra quizás lo más interesante sea constituir una empresa de responsabilidad limitada.

 

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SL). Éste es el modelo empresarial más extendido en España, ya que es muy flexible y su proceso de constitución es sencillo, con un capital de constitución requerido de tan solo 3.000€. Por tanto, si el interesado prevé ingresos superiores a 60.000 € anuales, esta opción debería considerarse.

 

En este caso, la responsabilidad se limita a la inversión de capital realizada. Por lo tanto, si la inversión es de 3.000€ de capital inicial, esa es la cantidad máxima que se le puede pedir al fundador a nivel personal nivel personal en caso de endeudamiento.

 

En la SL, no se paga impuesto sobre la renta, no pagarás impuesto sobre la renta, sino impuesto de sociedades. También es necesario presentar la declaración de IVA.

 

Además, existen varias exenciones de las que el interesado se puede beneficiar y que pueden reducir considerablemente la base imponible, traduciéndose en mayor ahorro.

 

SOCIEDAD ANÓNIMA (SA). Una sociedad anónima es la estructura legal reservada para las grandes empresas que comercian con acciones. Se caracterizan por una estructura mucho más rígida y se necesitan 60.000 € para su constitución. Su principal ventaja es que permite conseguir financiación externa.

 

SUCURSAL. Ésta es la opción ideal para el caso del extranjero que ya tenga su empresa constituida en otro país y desee traerla a España. Para crear una sucursal en el territorio español se debe presentar un poder notarial y una copia de la escritura pública de constitución de la empresa. En caso de que la ley mercantil del país de origen lo contemple, también se debe presentar un certificado de buena reputación.

 

En este caso concreto, si el propio interesado es quien abre y dirige la sucursal en el territorio español, deberá ser residente en el país.

 

CÓMO CREAR UNA EMPRESA EN ESPAÑA SIENDO EXTRANJERO. Para establecer un negocio en el territorio español, se tiene que seguir una serie de pasos.

  • Conseguir el número NIE

  • Definición de los nombres de la empresa y verificación de su validez: certificado de unicidad

  • Obtención del CIF o número de identificación fiscal

  • Apertura de una cuenta bancaria para ser utilizada por la empresa

  • Establecimiento de los accionistas y creación del acuerdo que los regula

  • Acudir al notario y firmar la escritura pública de constitución

  • Registro de la empresa en las autoridades fiscales

  • Inscripción de la empresa en la seguridad social

 

  1. CONSEGUIR EL NÚMERO NIE

En primer lugar, el extranjero debe conseguir el número NIE. Se trata de un número de identificación que permitirá, entre otras acciones, abrir una cuenta bancaria, estar identificado desde el punto de vista impositivo, etc. El NIE es lo más importante para poder operar de forma libre en España.

 

El proceso de solicitud del NIE es realmente sencillo. El plazo en el que se puede obtener dependerá de si eres ciudadano de la Unión Europea o no. Pues se tardan de 3 a 5 días laborales en conseguir el NIE para los ciudadanos comunitarios.

 

El NIE se puede conseguir de dos formas:

  • Hacerlo desde el país de origen, en el consulado español

  • Solicitarlo mientras en España en cualquier oficina de policía.

 

  1. NOMBRES DE LA EMPRESA

Una vez en disposición del NI, hay que solicitar un certificado de unicidad o exclusividad. Este documento establece que el nombre de la empresa es libre de ser utilizado y está en posesión del interesado. Para ello, hay que enviar un listado con 3 nombres posibles para la empresa al Registro Mercantil para comprobar su disponibilidad.

 

Si están disponibles, se aceptarán por orden de preferencia. Este proceso puede durar unas 48 horas. Este será el nombre oficial de la compañía, el nombre que aparecerá en facturas y en otros documentos oficiales.

 

Sin embargo, se puede pedir al registro que añada un nombre adicional para que sea usado en situaciones de carácter no legal.

 

  1. SOLICITAR EL CIF (IDENTIFICACIÓN FISCAL DE LA EMPRESA)

Es necesario que la empresa se identifique con las autoridades fiscales. Por eso se debe solicitar su CIF. Se trata del número único que permite identificar a la compañía del resto a efectos fiscales. Para ello, básicamente:

 

En caso de querer realizar operaciones de importación/exportación dentro de la UE, se necesita un número EORI. En la mayoría de los casos se asigna automáticamente al registrar la empresa, pero de modo contrario, deberás solicitarlo también.

 

  1. ABRIR UNA CUENTA BANCARIA PARA LA EMPRESA

En función del modelo de empresa elegido, se debe aportar la cantidad necesaria en un depósito en la cuenta recién creada, que se podrá utilizar en las operaciones de la empresa. Esta aportación generará un certificado bancario que demuestra dicha aportación y que debe entregarse ante notario en la constitución de la empresa.

 

  1. DEFINIR A LOS ACCIONISTAS DE LA EMPRESA Y EL ACUERDO DE LOS SOCIOS

Se debe indicar quiénes y cuántos serán los accionistas de la empresa, así como quién será el director, que puede ser mercantil (firma la contabilidad anual y necesita un trabajador adicional en la empresa) o un director-trabajador. En este caso la misma persona engloba todas las tareas y no se requiere de un trabajador. En el acuerdo de los socios, se define cada accionista y el porcentaje de participación que cada uno tiene. 

 

  1. FIRMA DE LA ESCRITURA ANTE NOTARIO

En la escritura, se debe definir quiénes son los inversores/accionistas y el administrador, junto con una dirección (la dirección social). También se debe establecer cuál es la actividad de la empresa. Posteriormente, el notario registrará a la empresa en el Registro Mercantil de forma oficial. Este proceso puede durar 3 semanas y a partir del día de la firma de la constitución de la empresa ante notario, se obtendrá un número de IVA provisional con el que podrás iniciar su actividad.

 

  1. TRÁMITE CON LA AGENCIA TRIBUTARIA

Una vez firmada la escritura pública ante notario el siguiente paso es:

  • Registrar toda la documentación, con el sello de la Agencia Tributaria 

  • Solicitar un número de identificación fiscal final.

 

  1. INSCRIPCIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL

En este último paso, se debe presentar el formulario 036 o 037, el NIE, el pasaporte y el formulario del IRPF.

 

CÓMO DARSE DE ALTA COMO AUTÓNOMO EXTRANJERO EN ESPAÑA

De nuevo, depende del origen del interesado. Para un ciudadano de la UE o Suiza, no hay problema. Se puede entrar al país e iniciar una empresa o comenzar como trabajador autónomo fácilmente. El proceso será sencillo y no hay dificultad.

 

Si el interesado es de un país no europeo se necesitará un visado para ingresar al territorio español y después conseguir un permiso de residencia para permanecer a largo plazo en España, además de un permiso de trabajo como autónomo. Además, se necesita disponer de un número NIE y una cuenta bancaria en España.

 

En este caso:

CONSEGUIR EL PERMISO DE TRABAJO. Se debe iniciar el trámite en un consulado español, consiguiendo un visado con el que se puede viajar a España, donde obtener el permiso de residencia y continuar con el procedimiento.

 

NÚMERO NIE. Se debe solicitar en una Oficina de Extranjería, junto con el pasaporte, únicamente hay que presentar el formulario EX-15 y se recibe al momento.

 

ALTA EN LA AGENCIA TRIBUTARIA: EL IAE. El IAE (Impuesto sobre las Actividades Económicas), se debe registrar en la Agencia Tributaria. Simplemente, implica registrarse a nivel fiscal para dar conocimiento del comienzo de una actividad económica como profesional independiente, indicando el número/categoría al que pertenece la actividad empresarial que se va a inicial Después, se deberá el completar el modelo 036 o el modelo 037

 

REGISTRO EN LA SEGURIDAD SOCIAL. Se debe acudir a una oficina de la Seguridad Social dentro de los primeros 30 días después del registro en la Seguridad Social para formalizar el alta en un régimen especial creado para autónomos llamado RETA.

 

Con todo lo anterior, cualquier extranjero ya estaría en posición de comenzar su actividad en territorio español.