Novedades para la lucha contra el coronavirus 26 marzo

ueremos informar en este post de las novedades para la lucha contra el coronavirus en cuestión de normativa. Como actualización de las normativas que ya hemos publicado con fechas 23 de marzo y 25 de marzo. Te las exponemos a continuación.

 

Novedades para la lucha contra el coronavirus

Estas afectan a:

  • Línea de avales del ICO para empresas y autónomos.
  • Transporte de animales vivos.

 

Primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos

 

Se ha publicado la Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía. Esta incluye el primer tramo de avales para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del coronavirus o COVID-19.

 

Mediante este primer tramo, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital avalará la financiación otorgada por:

  • Entidades de crédito.
  • Establecimientos financieros de crédito.
  • Entidades de dinero electrónico y de pagos a empresas y autónomos.

Todo para paliar los efectos en su actividad como consecuencia del coronavirus. Los avales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital serán gestionados a través del Instituto de Crédito Oficial en los términos previstos en este Acuerdo.

 

Finalidad

Para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del coronavirus, la línea de avales tiene por objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

 

Operaciones

Préstamos y otras operaciones otorgados a empresas y autónomos que tengan domicilio social en España y se hayan visto afectados por los efectos económicos del coronavirus, siempre que: Los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo de 2020. Los acreditados no figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019. Los acreditados no estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.

 

Porcentaje del aval

En el caso de pymes y autónomos el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación. En empresas que no reúnan la condición de pyme el aval cubrirá como máximo el 70% de nuevas operaciones y el 60% de operaciones de renovación.

 

Plazo para solicitar

Los avales podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.

 

Plazo máximo del aval

El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación hasta un máximo de 5 años.

 

Obligaciones entidades financieras

La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos. Los costes de los nuevos préstamos y renovaciones que se beneficien de estos avales se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del coronavirus, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y su coste de cobertura. Las entidades financieras se comprometen a mantener al menos hasta 30 de septiembre de 2020 los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y en particular, a aquellos clientes cuyos préstamos resulten avalados

 

Transporte de animales vivos

Entre estas novedades para la lucha contra el coronavirus se incluye el transporte de animales vivos. El Ministerio de Transportes ha dictado una orden relativa al transporte de animales vivos en la que se adoptan las siguientes medidas:

 

Se declara la validez de autorizaciones de los transportistas, medios de transporte y contenedores. También la de los certificados de formación de los conductores o cuidadores cuya fecha de expiración se haya producido a partir del día 1 de marzo. Esta tendrá una duración de hasta 120 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo.

 

Los cuadernos de a bordo u hojas de ruta tendrán validez a pesar de no haber sido sellados por la autoridad competente. Hasta 7 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo.

 

Si tienes cualquier duda en cuanto a estas novedades para la lucha contra el coronavirus, contacta con nosotros. En Carrillo Asesores estaremos encantados de atenderte.