Después de ser anunciado el pasado 6 de octubre, y dada la gran repercusión que ha tenido el Bono Cultural Joven, os informamos de todo lo que debéis saber acerca del mismo y en relación a este recién estrenado 2023.
En breve se comunicarán los nuevos plazos, para que los jóvenes que este año cumplan la mayoría de edad pueden disfrutar del Bono Cultural.
Además, podrán acogerse al mismo:
- Jóvenes que residan legalmente en España y que cumplan 18 años durante el 2023.
- Jóvenes que, cumpliendo con el requisito de edad, hayan solicitado asilo en España o protección temporal en casos de afluencia masiva de personas desplazadas.
Este Bono es una tarjeta monedero con 400 euros para gastar solo en productos culturales del que ya te hablamos en nuestros posts El Gobierno dará un bono cultural de 400 € a jóvenes que cumplan los 18 años y Bono cultural joven de 400€ para consumir en cultura, más cerca que nunca.
Para que los jóvenes puedan darse de alta, tienen que obtener el certificado digital Cl@ve y realizar la inscripción en este enlace.
El nuevo programa de ayudas destinó una partida de 210 millones de euros en los Presupuestos Generales del Estado a los sectores culturales y aquellas empresas, comercios y entidades culturales que previamente hayan solicitado su adhesión al programa.
Según anteriores declaraciones del Ministro de Cultura, “quiénes se acojan a este bono tienen que acordarse de que van a disponer de un año entero para utilizar los 400 euros. Y lo podrán hacer con los productos que ya se han dado de alta. Aun así, la oferta cultural no va a dejar de crecer, así que pueden esperar un tiempo, pero no pueden esperar a darse de alta”, añadía.
Del mismo modo, Iceta ha animado a las empresas y entidades a que se adhieran al bono para que lo implementen con sus propias ofertas.
Adhesión de las empresas y entidades culturales al Bono Cultural Joven
Del mismo modo, el Ministerio de Cultura y Deporte sigue manteniendo el plazo hasta el 30 de septiembre de este año, para que las empresas y entidades culturales puedan inscribirse en el Bono Cultural Joven a través de la web https://bonoculturajoven.gob.es/
¿Cómo se realiza la adhesión al bono cultural?
Cuando una empresa cultural quiera formar parte de los servicios en los que los jóvenes van a poder gastar el bono cultural, lo primero que van a tener que llevar a cabo es la inscripción. Específicamente, se van a poder llevar a cabo dos opciones: el inicio de la sesión (si ya se tiene usuario y contraseña) o el registro (donde habrá que rellenar unos campos previos). Todas deberán registrarse en la pestaña específica para entidades culturales de la web habilitada para ello. Necesitarán disponer de certificado o DNI electrónico o solicitar su Cl@ve.
Una vez se rellene el formulario electrónico de la web, las empresas tendrán 10 días para enviar la información solicitada, en castellano y en pdf.
El Ministerio de Cultura y Deporte revisará las solicitudes presentadas y verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma. Si se detectara el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos o errores subsanables, el solicitante dispondrá de 10 días para subsanarlos.
La adhesión de los proveedores de productos y servicios culturales es un paso indispensable para que los jóvenes de toda España puedan hacer uso del bono, allá donde se encuentren, cuando éste se active dentro de unas semanas. El Bono funcionará únicamente en los establecimientos y empresas que formen parte del programa.
¿En qué podrá utilizarse el Bono?
- Subvencionará artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, hasta un máximo de 200 euros por beneficiario.
- También recoge la subvención de productos culturales en soporte físico: libros, revistas, prensa u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.
- Cada persona beneficiaria podrá destinar hasta 100 euros al consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audio lectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales (conocidos como e-books), suscripción para descarga de archivos multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones a videojuegos en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas.
- Las suscripciones a plataformas en línea con cargo al bono estarán limitadas a un máximo de cuatro meses, sin perjuicio de las ofertas comerciales que las plataformas puedan hacer a los beneficiarios para extender esta duración.
¿En qué no podrá utilizarse el Bono?
- La adquisición de productos de papelería, como libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico, instrumentos musicales, espectáculos deportivos y taurinos, moda y gastronomía no serán cubiertos.
- No se cubrirá tampoco la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos.
Características específicas
- Si la compra de actividades o gastos subvencionables supera la cuantía total del bono, el beneficiario podrá abonar la diferencia hasta el precio total por cualquier medio de pago admisible por la entidad adherida.
- Las compras de productos culturales en soporte físico tendrán que ser recogidas de forma presencial, no será posible el envío a domicilio o a puntos de entrega.
Si necesitas que te realicemos todos los trámites oportunos, no dudes en contactar con nosotros que estaremos encantados de atenderte.