Las familias de la Región tienen hasta el 16 de noviembre para solicitar el ‘Cheque Concilia Reactiva’ después de que la Consejería de Empleo, haya reabierto el plazo de solicitud de esta ayuda para contratar a personal empleado de hogar, lanzada el pasado mes de julio a través del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).
La reapertura de la convocatoria facilita que los padres y madres con hijos menores de 12 años o personas con discapacidad a su cargo puedan optar a una subvención de 500 euros para contratar a una persona empleada de hogar por el tiempo que necesiten, siempre que el contrato sea como mínimo a media jornada. El horario puede ser adaptado a las necesidades reales de conciliación de cada familia.
El objetivo de esta ayuda es favorecer la contratación laboral de demandantes de empleo como medida dinamizadora del mercado laboral, facilitando además la conciliación familiar y laboral de las familias, para que los padres y madres puedan seguir acudiendo a sus centros de trabajo mientras los menores o personas con discapacidad estén atendidos en el domicilio familiar.
La directora general del SEF, Marisa López Aragón, señaló que “reabrimos esta ayuda con el fin de incentivar la contratación de personas en desempleo ahora que los hijos tienen que quedarse en casa un día a la semana por el régimen de semipresencial establecido por la Consejería de Educación para reducir contagios, colaborando para que los padres y madres puedan conciliar vida laboral y familiar”.
CÓMO SOLICITAR LA AYUDA. Los interesados en solicitar esta ayuda a la conciliación de 500 € deben formalizar su solicitud en el modelo único de instancia que se encuentra disponible en www.sefcarm.es o a través de sede electrónica de la Comunidad.
Los requisitos para poder acceder a la misma pasan por ser residente, junto a sus familiares dependientes, en la Región de Murcia, que ejerzan una actividad retribuida y que, cumpliendo unos máximos de renta, contraten como empleada de hogar a una persona demandante de empleo.
Esa contratación deberá ser como mínimo a media jornada, debiendo la persona empleada del hogar contratada estar en paro e inscrita como demandante de empleo en una oficina de empleo del SEF con anterioridad al hecho subvencionable.