jueves. 21.11.2024

Este jueves comienza el plazo de Ayudas del nuevo Programa de CE-Implementa con incentivos destinados a proyectos piloto singulares de Comunidades Energéticas. Se han abierto dos convocatorias (denominadas 5ª y 6ª) con subvenciones a fondo perdido para inversiones de hasta un millón de euros, y más de un millón, respectivamente, según la línea solicitada. Hay recursos presupuestados y disponibles de 30 y 90 millones, en cada caso.  

Los Colegios de Ingenieros Técnicos de la Región de Murcia (COITIRM) y el de Madrid (COGITIM) han elaborado una Guía para pedir de manera certera las ayudas con indicaciones prácticas sobre la Orden TED/764/2024 que desarrolla el Programa

Esta línea de actuación es un proyecto financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para impulsar las Comunidades de Energías Renovables (CER) y Comunidades Ciudadanas de Energía (CCE).

A fondo perdido

Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, como subvención a fondo perdido.

Es un programa centralizado. Se podrá solicitar hasta un anticipo del 80% de la ayuda otorgada. (Deberán de constituir una garantía a favor del IDAE). Se otorga una única solicitud por convocatoria y por comunidad energética.

El plazo para la realización de las actuaciones objeto de las ayudas: 14 meses a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda. Por otra parte, el plazo para la justificación de las actuaciones objeto de las ayudas: 3 meses contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones.

Las bases reguladoras tienen una vigencia hasta el 30 de septiembre de 2026.

La Guía elaborada por los Colegios de Ingenieros Técnicos de la Región de Murcia (COITIRM) y el de Madrid (COGITIM) desarrolla, entre otros, los siguientes aspectos imprescindibles para obtener los beneficios de las subvenciones del Programa CE-IMPLEMENTA: 

Objetivo

✔ Fortalecer el apoyo a actores interesados en la creación y desarrollo de comunidades energéticas, principalmente ciudadanos, pymes y entidades locales.

✔ Fomentar la descarbonización justa e inclusiva mediante inversiones en infraestructuras verdes

✔ Promover la participación de nuevos actores en el sector energético.

Beneficiarios

Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas y que conformen una comunidad de energía renovable (CER) o una comunidad ciudadana de energía (CCE).

Tequisitos esenciales de los beneficiarios

✔ Para las CER, los miembros o socios máximo a 25 kms a la redonda del emplazamiento de la
actuación.

✔ Deben de estar formadas por un mínimo de 5 socios o miembros, debiendo conservar su autonomía.

✔ No se admitirá el control efectivo de un solo miembro de la CE.

✔ Permitir una participación abierta y voluntaria.

✔ Se deberá acreditar la propiedad de los activos o instalaciones subvencionables por parte del beneficiario

Costes subvencionables

✔ Los costes de gestión de la solicitud y de la justificación de la realización de las actuaciones de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación. Sólo serán subvencionables los costes de gestión que no superen el 7% del importe de los costes subvencionables totales sin ser incluidos los costes presentados en este párrafo con un límite máximo de 50.000 euros por expediente.

✔ Los costes de redacción de los pliegos objeto de licitación para la ejecución de las actuaciones
de los proyectos subvencionables.

✔ Los costes de dirección facultativa de realización de las actuaciones.

✔ Los costes de coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.

✔ Los costes de ejecución de las obras, incluyendo obra civil y/o montaje de las instalaciones.

✔ La inversión en equipos y materiales relacionados con las actuaciones objeto de ayuda, así como instalaciones auxiliares, necesarias para conectar la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos a la red o a la unidad de producción o almacenamiento local de electricidad.

✔ Sistemas de gestión, control activo y monitorización tanto de la generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, que ayuden a optimizar la gestión y producción. Estos equipos   deberán ser propiedad del beneficiario de la ayuda y estar vinculados a la actuación objeto de la ayuda.

✔ Los costes de desarrollo de herramientas de gestión de la gobernanza y/o administración de la 
comunidad energética.

✔ Costes de comunicación relativos al cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad en el marco del NextGeneration EU y el PRTR.

✔ Costes relativos al cumplimiento de las obligaciones del principio DNSH.

Nota: El valor del coste subvencionable total de todas las actuaciones del área de actuación de Gestión de la demanda presentadas en un proyecto no podrá exceder el 40% del coste subvencionable total del proyecto. Para proyectos multi-componentes: el coste subvencionable del área de actuación (de las cuatro primeras) con menor presupuesto asociado presente un mínimo del 20% del coste subvencionable total del proyecto.

Abierto el plazo de las ayudas para el desarrollo de Comunidades Energéticas