Corren tiempos de cambio, y las categorías con las que nos identificamos los seres humanos resultan cada vez más cambiantes. Su abundancia es notable: personas pescetarianas, no binarias, basofóbicas…
Circunstancias que pueden resultar extrañas al profano, pero que condicionan la conducta personal y ganan presencia en nuestra realidad cotidiana, demandando un respeto equivalente al dispensado a las que podamos considerar 'clásicas'. Las discusiones derivadas de esa sociedad cambiante llegan y seguirán llegando a los Tribunales para discernir qué derechos han de gozar de protección en caso de colisión con otros.
En línea con el reciente reconocimiento legal de los animales como 'seres sintientes', y ya no cosas, nos encontramos con discusiones desconocidas hasta la fecha en los Tribunales, que seguro provocarán reacciones encontradas: la Sala de lo Social del TSJ de Cataluña de 21/11/2021 (Sentencia 5822/2021 de 12/11/2021, Rec. 5161/2021) ha debido valorar si el despido por faltas de asistencia al trabajo de un empleado declarado animalista, que se ausentó para cuidar de su mascota, atenta contra su libertad de ideas o creencias. Concluye la Sala que dicha condición no fue acreditada por la parte actora, como tampoco lo fue que la empresa conociera de dicha circunstancia, descartando la nulidad y declarando finalmente improcedente la decisión de la empresa, habida cuenta de que las ausencias no fueron suficientes en número de días. Podría entenderse en consecuencia que el despido de un trabajador declarado animalista, cuya condición hubiera sido conocida por la empresa (y hubiera guiado de algún modo la actuación de ésta a la hora de despedir, cabe añadir) podría considerarse que vulneraría un derecho fundamental de libertad de creencias, y en consecuencia podría conducir a la nulidad del despido.
Anécdotas aparte, la Historia nos enseña que lo que ayer era impensable hoy es actuación corriente (y al contrario), por lo que no debe descartarse un análisis riguroso de cada problemática, para no encontrarnos con sorpresas desagradables. No es difícil imaginar qué pensarían nuestros abuelos de las consecuencias que debería traer aparejada la ausencia de un empleado al trabajo por los motivos indicados… Pero su mundo no es el nuestro, como el nuestro ya no es el de nuestros hijos. Y pasa la vida…