martes. 03.12.2024

La Región de Murcia ha añadido al Programa de Inspección de Comercio Interior para el año 2020 una campaña de control que velará por que los establecimientos comerciales de la Región de Murcia cumplan con las medidas sanitarias y de control de aforo para hacer frente a la covid-19.

 

La resolución, aprobada por la Dirección General de Comercio e Innovación Empresarial, y que se publicará este martes en el Boletín Oficial de la Región (Borm), contempla la realización hasta fin de año de 400 inspecciones a comercios y centros comerciales, informaron fuentes del Gobierno regional.

 

El primer objetivo de esta iniciativa es garantizar las medidas sanitarias y de control de aforo en los establecimientos comerciales de gran afluencia de clientes, especialmente en los centros comerciales, para lo que todos serán examinados.

 

El segundo gran objetivo es conseguir una mayor eficacia de las medidas de lucha frente al contagio de la enfermedad adoptadas por el ejecutivo autonómico, informando a las asociaciones y federaciones regionales de comerciantes de las actuaciones específicas que se incorporan al Plan de Inspección de Comercio.

 

Los establecimientos comerciales deberán cumplir diversas medidas generales de prevención e higiene, además de otras organizativas y de aforo, con aspectos específicos para establecimientos minoristas y para centros comerciales o establecimientos que se ubiquen en ellos.

 

Entre las medidas generales de prevención e higiene se obliga a que los trabajadores y clientes dispongan de agua y jabón, geles hidroalcóholicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados.

 

También se incidirá en la señalización y marcado de distancias de seguridad en el suelo o similar, en especial donde se generen colas o tiempos de espera como cajas y probadores, así como en priorizar el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico, con desinfección frecuente de los dispositivos.

 

Además, deberán garantizar la ventilación, limpieza y desinfección adecuadas y frecuentes de espacios y materiales, en especial los de uso compartido o sucesivo, que deberán limpiarse al menos dos veces diarias.

 

Los locales deberán disponer, asimismo, de papeleras dotadas con pedal y medios adecuados para el desecho de pañuelos y materiales de protección y limpieza. También deberán promocionar el uso de las escaleras y evitar la utilización de ascensores por más de una persona cada vez, salvo en el caso de convivientes.

 

En cuanto a las medidas organizativas y de aforo, entre otras, deberán articular mecanismos para evitar aglomeraciones, tanto en la entrada como en la salida, que deberán ser escalonadas y con respeto de la distancia interpersonal de seguridad, e instalar señalización adecuada para la circulación de personas por el establecimiento comercial.

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