Dos juzgados de primera instancia de Cartagena han dictado en los últimos día sendas sentencias en las que se condena al Banco Santander a devolver las cantidades invertidas en 2017 por dos compradores del acciones del Banco Popular al considerar que no fueron debidamente informados sobre la situación real de este último.
Las sentencias, a las que ha tenido acceso Efe, estima las demandas que en nombre de los perjudicados presentó el letrado Jaime Navarro.
Una de ellas, dictada por el juzgado de primera instancia número Uno, condena al banco demandado a devolver a una inversora los 12.680 euros que gastó en la compra de las acciones, al indicar que esta recibió información inexacta, lo que la llevó a la compra de las acciones.
La segunda resolución ha sido dictada por el juzgado de primera instancia número Dos, y en la misma se condena a Banco Santander a devolver 3.000 euros a otros compradores, al comentar que no fueron debidamente informados y que las mismas perdieron su valor .
Y añade que se ha comprobado que existió una distorsión de la imagen de la entidad Banco Popular en el folleto informativo tenido en cuenta por los adquirentes, “determinante de la decisión de compra de las acciones”.