Las personas con discapacidad física, auditiva o visual podrán disponer de una vivienda accesible protegida. La Comunidad Autónoma garantiza que los proyectos de viviendas protegidas (VPO) incluyan un mínimo de viviendas accesibles, tanto para usuarios de silla de ruedas como para personas con discapacidad auditiva o visual.
En los proyectos de viviendas protegidas, promovidos o subvencionados por las administraciones públicas, se programará una vivienda accesible por cada 25 viviendas o fracción, excepto en las promociones inferiores de 12 viviendas cuando no existan solicitudes.
Se creará el Registro Regional de Vivienda Accesible Protegida para adecuar la reserva de este tipo de viviendas a la demanda. En él se recogerán todas las solicitudes realizadas por las personas con discapacidad y las viviendas accesibles protegidas construidas en la Comunidad.
Estas son dos de las principales novedades del reglamento de la Ley de Accesibilidad Universal de la Región de Murcia, desarrollado por la Consejería de Fomento e Infraestructuras y consensuado con las asociaciones, entidades y colectivos de personas con discapacidad.
El consejero de Fomento e Infraestructuras, Patricio Valverde, presentó el texto del desarrollo reglamentario de la Ley, cuyas medidas “facilitarán el acceso a la vivienda protegida a las personas con discapacidad y, además, darán soluciones reales a dificultades que tienen en su día a día”.
Con este reglamento, “aseguramos la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de su vida”, señaló Valverde. El texto será sometido a la valoración del Consejo Jurídico de la Región de Murcia y el Consejo Económico y Social de la Región de Murcia, para su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno.
ACCESIBILIDAD UNIVERSAL. El reglamento de la Ley de Accesibilidad Universal va más allá del ámbito de la edificación y determina las medidas, actuaciones y condiciones que se deben aplicar en todos los espacios y servicios con el fin de facilitar el uso por parte de las personas con discapacidad.
El objetivo es garantizar la accesibilidad universal en espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales, transportes, telecomunicaciones y sociedad de la información, actividades culturales, deportivas y de ocio y de formación y educación.