Una dependienta que sufre las secuelas de haber recibido un tiro en la cabeza no está incapacitada para toda clase de trabajos, por lo que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha revocado la sentencia que la declaró en situación de incapacidad absoluta para cualquier actividad laboral.
La sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) presentó contra aquella declaración y la repone en la situación de incapacidad permanente para su trabajo habitual, que tenía con anterioridad.
Dice el tribunal que presenta un lenguaje fluido, con un discurso coherente, y no sufre patologías físicas que la invaliden de forma absoluta para todo trabajo, además de no haberse probado la incontinencia urinaria que alegó.
El juzgado de lo Social de Murcia al que correspondió su demanda declaró probado que tras recibir el disparo, sobre el que no se aportan más detalles, esta trabajadora fue declarada en situación de incapacidad absoluta por las secuelas que le dejó ese suceso.
Pero unos años después, el INSS, en un expediente de revisión de oficio, consideró que había mejorado y la declaró incapacitada para su trabajo habitual, no para toda actividad laboral, resolución que fue revocada por el juzgado al sostener que la incapacidad era absoluta y que aquel organismo debía abonarle una pensión del cien por cien de su base reguladora.